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INTENDENCIA MUNICIPAL

INTENDENCIA MUNICIPAL

Denominación de la Unidad:  Intendencia Municipal

Denominación del Cargo:  Intendente Municipal

Nivel Jerárquico:  Político Estratégico

Dependencia Jerárquica:  Ninguna

Unidades Administrativas: Todas de la Organización Municipal. 

Objetivos: La Intendencia Municipal, tiene sus atribuciones y funciones normadas por las prescripciones de la Constitución Nacional, y la Ley 3966/10 Orgánica Municipal, y le corresponde la administración general de la institución, en el marco de las políticas y estrategias institucionales.

DEBERES Y ATRIBUCIONES

  1. a) Ejercer la representación legal de la municipalidad;
  2. b) Promulgar las Ordenanzas y Resoluciones, cumplirlas y reglamentarlas, o en su caso, vetarlas;
  3. c) Remitir a la Junta Municipal proyectos de Ordenanzas;
  4. d) Establecer y reglamentar la organización de las reparticiones a su cargo, conforme a las necesidades y posibilidades económicas de la Municipalidad y dirigir, coordinar y supervisar el funcionamiento de las distintas unidades administrativas;
  5. e) Administrar los bienes municipales y recaudar e invertir los ingresos de la municipalidad, de acuerdo con el presupuesto;
  6. f) Elaborar y someter a consideración de la Junta Municipal el Proyecto de Ordenanza Tributaria de la Municipalidad, a más tardar el treinta de agosto de cada año, y el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto de la Municipalidad, a más tardar el treinta de setiembre de cada año;
  7. g) Ejecutar el presupuesto municipal;
  8. h) Presentar a la Junta Municipal para su conocimiento un informe sobre la ejecución presupuestaria cada cuatro meses, dentro de los treinta días siguientes;
  9. i) Presentar a la Junta Municipal una Memoria de las gestiones y la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria del ejercicio fenecido, dentro de los tres primeros meses de cada año;
  10. j) Efectuar adquisiciones, contratar obras y servicios, llamar a licitación pública o concurso de ofertas, y realizar las adjudicaciones;
  11. k) Nombrar y remover al personal de la intendencia, conforme a la Ley;
  12. l) Suministrar datos relativos al funcionamiento de la municipalidad cuando sean requeridos por la Junta u otras instituciones públicas;
  13. m) Disponer el inventario y la buena conservación de los bienes mobiliarios e inmobiliarios del patrimonio municipal.
  14. n) Participar en las sesiones de la Junta Municipal con voz, pero sin voto;
  15.   ñ) Solicitar la convocatoria a sesiones extraordinarias a la Junta Municipal cuando asuntos urgentes de interés público así lo requieran;
  1. o) Conocer de los recursos de reconsideración o revocatoria interpuestos contra sus propias resoluciones y, de apelación, contra las resoluciones del juzgado de faltas municipales;
  2. p) Aplicar las multas previstas en la legislación municipal, conforme a los procedimientos establecidos en la ley;
  3. q) Otorgar poderes para representar a la municipalidad en juicios o fuera de él;
  4. r) Contratar servicios técnicos y de asesoramiento que sean necesarios;
  5. s) Conceder o revocar licencias; y,
  6. t) Efectuar las demás actividades administrativas previstas en la legislación vigente, como así mismo, aquéllas que emerjan de las funciones municipales.